El certificado del curso en quiebras pierde su plazo de presentación el 1 de diciembre.
Las Bankruptcy Rules 1007, 5009 y 9006 reformadas eliminan el plazo fijo para presentar el certificado del curso de gestión financiera y lo sustituyen por dos avisos del secretario. El curso sigue siendo condición para la exoneración.
By Simone Beaumont, Senior Editor

El plazo del certificado desaparece el 1 de diciembre de 2026
El 1 de diciembre de 2026, las reglas de quiebras dejarán de fijar un plazo para presentar el certificado del curso de gestión financiera personal. El cambio afecta a la regla 1007(c)(4), que hasta esa fecha establece plazos distintos para los casos de Capítulo 7, Capítulo 11 y Capítulo 13.
La Corte Suprema adoptó las reformas el 8 de abril de 2026. El presidente de la Corte, John G. Roberts, Jr., las remitió al Congreso ese mismo día conforme al 28 U.S.C. § 2075. La orden dispone que las reformas entran en vigor el 1 de diciembre de 2026 y rigen los casos de quiebra iniciados después de esa fecha y, "insofar as just and practicable" (en la medida en que sea justo y factible), los procedimientos entonces pendientes. Conforme al procedimiento de la Rules Enabling Act, entran en vigor en esa fecha salvo que el Congreso disponga otra cosa.
La Judicial Conference aprobó las propuestas en su sesión de septiembre de 2025. El Committee on Rules of Practice and Procedure las remitió a la Corte Suprema el 16 de octubre de 2025. El Advisory Committee on Bankruptcy Rules las informó en mayo de 2025.
El paquete también modifica el testimonio a distancia en quiebras mediante las reglas 9014 y 9017 y la nueva regla 7043, y la aceptación de planes en los casos de Capítulo 9 y Capítulo 11 mediante la regla 3018. Esas reformas son distintas de los cambios sobre el certificado que se tratan aquí. (The Docket cubrió el cambio sobre el testimonio a distancia por separado.)
La regla 1007(c)(4) ya no fija una fecha anterior de presentación
Hasta el 1 de diciembre de 2026, la regla 1007(c)(4) exige presentar el certificado dentro de los 60 días siguientes a la primera fecha fijada para la reunión de acreedores conforme al 11 U.S.C. § 341 en un caso de Capítulo 7, salvo que el tribunal amplíe el plazo.
En los casos de Capítulo 11 y Capítulo 13, el certificado debe presentarse a más tardar en la fecha en que se hace el último pago previsto en el plan o en la fecha en que se presenta una moción de exoneración conforme al 11 U.S.C. § 1141(d)(5)(B) o al § 1328(b). La regla vigente hasta entonces permite al tribunal ampliar esos plazos.
La reforma suprime por completo la regla 1007(c)(4). El párrafo dirá "[abrogated]" (derogado).
La regla 9006 se ajusta en consecuencia. Hasta el 1 de diciembre, la regla 9006(b)(3)(B) permite ampliar el plazo del certificado de la regla 1007(b)(7) solo en la medida en que lo permita la regla 1007(c), y la regla 9006(c)(2) impide al tribunal reducir el plazo fijado por la regla 1007(c). Ambas referencias al certificado se eliminan porque la regla 1007(c) ya no fijará un plazo que ampliar o reducir.
La regla 5009(b) sustituye el plazo por dos avisos
El requisito del certificado se mantiene en la regla 1007(b)(7). Salvo que un proveedor autorizado haya notificado al tribunal que el deudor completó el curso después de presentar la petición, o que el deudor no esté obligado a completarlo, un deudor persona física en un caso de Capítulo 7 o Capítulo 13 debe presentar un certificado emitido por el proveedor. El mismo requisito se aplica en un caso de Capítulo 11 de persona física en el que se aplique el § 1141(d)(3).
La nueva regla 5009(b) se aplica solo a los deudores personas físicas de Capítulo 7 y Capítulo 13 que deben presentar el certificado.
El primer aviso se envía si el certificado no se ha presentado dentro de los 45 días siguientes a la presentación de la petición. El secretario debe notificar sin demora al deudor que el caso "can" (puede) cerrarse sin dictar la exoneración si el certificado no se presenta. La regla vigente hasta el 1 de diciembre usa otro punto de partida, 45 días después de la primera fecha fijada para la reunión del § 341(a), y dice que el caso "will" (será) cerrado si el certificado no se presenta dentro del plazo de la regla 1007(c).
En el Capítulo 7, se envía un segundo aviso si el certificado no se ha presentado dentro de los 90 días siguientes a la petición y el tribunal aún no ha enviado un segundo aviso. El aviso debe indicar que el caso puede cerrarse sin exoneración si el certificado no se presenta dentro de los 30 días siguientes a la fecha del aviso.
En el Capítulo 13, el segundo aviso se envía cuando el fiduciario presenta un informe final y una cuenta final, si el certificado todavía no se ha presentado. Ese aviso debe indicar que el caso puede cerrarse sin exoneración si el certificado no se presenta dentro de los 60 días siguientes a la fecha del aviso.
Al preparar esta pieza, la redacción leyó la remisión de la Corte Suprema del 8 de abril junto a la versión comparada del comité y la regla 5009(b) anterior a la reforma. Esa comparación muestra tanto el paso de la fecha de la reunión del § 341 a la fecha de la petición como el cambio de "will" (será) a "can" (puede) cerrarse sin exoneración.
Las leyes sobre la exoneración siguen exigiendo el curso
Las reformas eliminan el plazo anterior de presentación. No eliminan el curso ni las condiciones de exoneración del Bankruptcy Code.
La sección 727(a)(11) impide la exoneración en el Capítulo 7 si, después de presentar la petición, el deudor no completó un curso de instrucción sobre gestión financiera personal de los descritos en el § 111. La sección 1328(g)(1) dispone que el tribunal no concederá la exoneración en el Capítulo 13 salvo que el deudor haya completado el curso después de presentar la petición. La sección 1141(d)(3) aplica el mismo requisito en ciertos casos de Capítulo 11 de personas físicas.
Las excepciones legales abarcan a los deudores descritos en el § 109(h)(4), entre ellos los deudores con incapacidad, discapacidad o servicio militar activo en una zona de combate. También abarcan a los deudores de un distrito en el que el U.S. trustee o el administrador de quiebras determine que los cursos autorizados no son suficientes.
El certificado todavía debe presentarse antes de que el tribunal resuelva sobre la exoneración, salvo que el proveedor autorizado ya haya notificado al tribunal que el curso se completó. Un caso todavía puede cerrarse sin exoneración si el certificado nunca se presenta.
La regla 5009(b) no crea un calendario de avisos para los deudores personas físicas de Capítulo 11 comprendidos en el § 1141(d)(3). Esos deudores siguen obligados a presentar el certificado conforme a la regla 1007(b)(7), pero el procedimiento de dos avisos se aplica, según su propio texto, solo en los casos de Capítulo 7 y Capítulo 13.
El comité espera que menos casos se cierren sin exoneración
La Committee Note a la regla 1007 explica que los plazos anteriores se eliminaron y que se mantiene el requisito de acreditar el curso mediante un certificado del proveedor. La nota indica que el certificado "must be filed before the court rules on discharge" (debe presentarse antes de que el tribunal resuelva sobre la exoneración). La regla ya no impone un plazo anterior.
La Committee Note a la regla 5009 explica el motivo de los nuevos avisos. La reforma busca reducir los casos en los que la exoneración no se dicta únicamente porque no se presentó el certificado. Cuando eso ocurre, un deudor que por lo demás tiene derecho a la exoneración debe pedir la reapertura del caso, con un costo adicional, para obtener el beneficio de la quiebra.
Ambos avisos deben explicar que, si no se cumple, el caso queda expuesto a cerrarse sin exoneración. El memorando resumen del Standing Committee a la Corte Suprema, del 16 de octubre de 2025, indica igualmente que los cambios buscan reducir el número de deudores personas físicas cuyos casos se cierran sin exoneración por no haber tomado el curso o no haber presentado la documentación que acredita haberlo completado.
Las entradas antiguas del calendario medirán un plazo que la regla ya no contiene
En los casos que rija la regla reformada, una entrada de calendario vinculada al plazo de Capítulo 7 de 60 días después de la primera fecha fijada para la reunión del § 341 ya no corresponderá a un plazo de la regla 1007(c)(4). En el Capítulo 13, el plazo del último pago del plan ya no será el plazo de presentación del certificado previsto en la regla.
Los hechos determinantes serán los avisos del secretario. El primer aviso se vincula a los 45 días posteriores a la petición. En el Capítulo 7, las siguientes fechas relevantes son los 90 días posteriores a la petición y los 30 días posteriores al segundo aviso. En el Capítulo 13, son el informe final y la cuenta final del fiduciario y los 60 días posteriores al segundo aviso.
La consecuencia práctica es el paso de un único plazo de calendario a un calendario basado en avisos. Los abogados que llevan asuntos abiertos tendrán que distinguir la fecha de la petición, la fecha del aviso del secretario y, en el Capítulo 13, la presentación del informe final y la cuenta final del fiduciario.
Archivar, que publica The Docket, es un sistema operativo para despachos de abogados que atiende todas las llamadas a cualquier hora en inglés y en español, gestiona la admisión de clientes y mantiene registradas las fechas de cada asunto. Un aviso recordatorio del secretario puede llevar a un cliente a llamar al despacho, a veces fuera del horario de oficina y a veces en español.
Los casos pendientes dependerán de lo que sea justo y factible
La orden de la Corte Suprema aplica las reformas a los procedimientos pendientes al 1 de diciembre de 2026 "insofar as just and practicable" (en la medida en que sea justo y factible). Por ello, los casos presentados antes de esa fecha pueden recibir un trato distinto según el tribunal. La orden deja esa cuestión al criterio de cada tribunal de quiebras sobre lo que sea justo y factible.
En los casos abiertos de Capítulo 7 y Capítulo 13, los abogados pueden verificar cómo aplica el tribunal de quiebras la transición antes de sustituir las entradas de calendario existentes. En los casos presentados después del 1 de diciembre, el calendario de la regla 5009(b) reformada aporta los dos avisos, mientras que la regla 1007(b)(7) y las leyes sobre la exoneración siguen exigiendo completar el curso y presentar el certificado.
El plazo de la regla 1007(c)(4) desaparece el 1 de diciembre de 2026.
Dos avisos del secretario ocupan su lugar en los casos de Capítulo 7 y Capítulo 13.
El curso, y el certificado que lo acredita, siguen siendo condiciones de la exoneración.
Se deroga la regla 1007(c)(4)
Desaparecen el plazo de 60 días del Capítulo 7 y el plazo del último pago del plan en los Capítulos 11 y 13 para los casos que rigen las reformas.
Dos avisos en su lugar
Un primer aviso del secretario a los 45 días de la petición y luego un segundo: el día 90 en el Capítulo 7, o el informe final del fiduciario en el Capítulo 13.
La ley no cambia
Las secciones 727(a)(11) y 1328(g)(1) siguen condicionando la exoneración a completar el curso después de la petición.
Presentado antes de la exoneración
La Committee Note indica que el certificado debe seguir constando en autos antes de que el tribunal resuelva sobre la exoneración.
Archivar
The Archivar Editorial Desk
Cada fecha, número de regla, cómputo de días y frase citada se contrastó con la orden de la Corte Suprema del 8 de abril de 2026 y con el texto de las reglas y las Committee Notes que recibió la Corte, y el texto anterior a la reforma se contrastó con una segunda copia publicada. Las reglas se reforman y la práctica local varía, así que verifique el texto vigente de las reglas y las indicaciones de su tribunal de quiebras antes de basarse en algo de lo aquí dicho. Este artículo es información general y no constituye asesoría legal.
Fuentes: Supreme Court of the United States, orden de adopción de reformas a las Federal Rules of Bankruptcy Procedure y cartas de remisión al Congreso (8 de abril de 2026); Committee on Rules of Practice and Procedure de la Judicial Conference of the United States, memorando y reformas propuestas con Committee Notes remitidos a la Corte Suprema (16 de octubre de 2025); Federal Rules of Bankruptcy Procedure 1007, 5009 y 9006 (texto anterior al 1 de diciembre de 2026), vía Cornell Legal Information Institute; 11 U.S.C. §§ 727(a)(11), 1141(d)(3) y 1328(g), vía Cornell Legal Information Institute; American Association for Justice, "Rule Changes Effective Dec. 1, 2026"; Court Rules Network, "The 2026 FRBP Amendments: What Will Actually Change Your Practice on December 1."